El Ayuntamiento trabaja ya en el procedimiento para el desarrollo urbanístico de Janer
El teniente de alcalde de Desarrollo de la Ciudad, Ángel Martínez, ha informado en relación a la tramitación del Plan Especial de la antigua Escuela de Tiro Naval lo siguiente:
Su tramitación se llevará a cabo aplicando el procedimiento previsto en el art. 32 Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en relación con los arts. 39 y ss de la misma norma:
Los pasos serán los siguientes:
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Tras informarse por los servicios municipales (técnico y jurídico), se aprobará inicialmente por Decreto de Alcaldía.
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Se someterá a información pública, como mínimo durante un mes, mediante anuncio publicado en el B.O.P. , en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, debiendo ser notificados directamente a los propietarios incluidos en el ámbito. Asimismo, se tendrá que recabar el informe preceptivo de las administraciones sectoriales afectadas, como son:
A) El Ministerio de Defensa.
B) La Demarcación de Costas Andalucía-Atlántico, por afecciones por la proximidad del ámbito al dominio público marítimo terrestre.
C)La Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, por idéntica causa, afectando a las servidumbres limitativas por proximidad con el dominio público marítimo terrestre, y por lindar con el Parque Natural de la Bahía de Cádiz.
D) La Delegación Territorial de Educación y Deportes para que informe Cultura al encontrase dentro del ámbito los cimientos de antiguas baterías.
Durante el trámite de información pública tras aprobación inicial del documento, será requerido informe al Delegado Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, conforme al artículo 31.2.B.c de la Ley 7/2002, tras nueva redacción por Ley 2/2012: “Corresponde a la Consejería competente en materia de urbanismo:...La evacuación de informe previo preceptivo en ...los Planes Especiales...., cuando la aprobación definitiva sea de competencia municipal. Este informe se emitirá en el plazo de un mes desde la aportación del expediente completo. Cuando este informe se refiera a instrumentos de planeamiento de desarrollo se solicitará durante el trámite de información pública, tras la aprobación inicial.”
Por último, tras los anteriores trámites se procederá la aprobación definitiva por el Excmo Ayuntamiento Pleno, salvo que se introduzcan modificaciones sustanciales en cuyo caso habría que repetir el trámite de información pública, previa aprobación provisional por Decreto de Alcaldía, requiriendo además los informes sectoriales que resultaren afectados y nuevo informe del Delegado Territorial de Agricultura, para su aprobación definitiva por Pleno.