Publicado el: Mié, 2 Oct, 2024
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TSJA sentencia al Ayuntamiento a indemnizar a un peón con 13.500 euros gracias a la gestión de CSIF

CSIF gana el séptimo juicio contra el Ayuntamiento isleños por realización de funciones de superior categoría

La sentencia del TSJA deja claro que el Consistorio tiene que abordar urgentemente la prometida actualización de la Relación de Puestos de Trabajo municipal

El Ayuntamiento de San Fernando es condenado a abonar 13.500 euros al empleado municipal, que desde que fue contratado en 2003 ha ejercido labores que no le correspondían

CSIF ha conseguido, por séptima vez, que un tribunal le dé la razón al denunciar que empleados municipales del Ayuntamiento de San Fernando realicen funciones de categoría superior a la que tienen reconocida. En este caso, es el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el que ha resuelto que un peón ha estado llevando a cabo labores de un oficial desde que fuera contratado en el año 2003. De esta manera, el Ayuntamiento isleño ha sido condenado a abonar 13.500 euros a este trabajador municipal en concepto de indemnización, ya que desde el principio se le había negado a pagarle el desempeño de estas funciones de superior categoría.

Con esta nueva sentencia, que se añade a otras seis anteriores, todas en el mismo sentido, que deja en evidencia los argumentos del Ayuntamiento, se deja clara la necesidad de acometer “la tan cacareada modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) municipal”, apuntan desde la sección sindical de CSIF en el Consistorio isleño. Fue el concejal delegado de Recursos Humanos, Conrado Rodríguez, quien se comprometió por escrito, hace ya más de cuatro años, a abordar la modificación de la RPT, y que el propio Ayuntamiento ratificó en su día, en Pleno municipal, la necesidad de llevar a cabo esta actualización. Sin embargo, “a día de hoy, los mismos responsables municipales siguen sin dar el paso definitivo para llevarlo a cabo”.

CSIF recuerda que la RPT del Ayuntamiento de San Fernando data del año 2000 y recoge puntos obsoletos, puestos que ya no existen desde hace años y no reconoce funciones que se llevan a cabo actualmente. Esto, a juicio de esta sección sindical, “impide que, en la práctica, se pueda organizar la labor de los trabajadores municipales como correspondería a una administración del siglo XXI”.

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