SPLI-Uplba: "La disolución del servicio de Policía de Barrio es una irresponsabilidad lamentable"
La eliminación y disolución del servicio de Policía de Barrio, ha sido como consecuencia de varias reuniones convocada por la Concejal del equipo de gobierno, Delegada del Área de Desarrollo de la Administración, Sra. María José Foncubierta, responsable municipal de Policía Local y de Recursos Humanos, con la Plana Mayor y mandos de la Jefatura de la Policía Local, de las que tuvimos conocimiento posteriormente al haberse tratado en esa reunión materias que afectan a las condiciones especiales y laborales de una relación de policías y tras llevarlas a efecto con los policías afectados y las quejas generadas, sin contar con la participación de los sindicatos con representación en el ayuntamiento de San Fernando, incumpliendo el acuerdo de mejoras de las condiciones de trabajo del personal funcionario al servicio del ayuntamiento de San Fernando, aprobado por Acuerdo de Pleno de 02-03-2007 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 122 de fecha 26-06-2007.
Con ocasión de esas sucesivas reuniones de la Concejal Delegada con los mandos policiales a su disposición, se han producidos situaciones de conflicto entre policías perjudicados y mandos superiores, por las decisiones acordadas y comunicadas a los policías afectados con ordenes verbales, sin respetarse el derecho a la intimidad y dignidad, derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y derecho a la confidencialidad de toda información relacionada con circunstancia personal o su estado de su salud, datos especialmente protegidos, suponiendo un factor de riesgo psicosocial en la Policía Local, conductas que han sido denunciadas y puesta en conocimiento de la Alcaldía Presidencia, por escrito del Sindicato de la Policía Local Independiente de San Fernando (SPLI-Uplba).
La discordia entre agentes y mandos policiales, es como consecuencia de las medidas utilizadas para notificar y hacer efectiva las notificaciones, mediante ordenes verbales y llamadas telefónica sin mediar escrito de justificación del cambio de desempeño habitual de trabajo ni posibilidad de alegar en derecho su defensa a esa alteración y modificación de las condiciones laborales, incumpliéndose la legislación vigente y los principios de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales: calidad, información, consentimiento, confidencialidad y seguridad.
Frente al acoso en el trabajo y otros riesgos psicosociales, de las personas funcionarias de la Policía Local, el actual Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en su art. 14 reconoce el derecho a la integridad moral del funcionario, prohibiendo cualquier forma de acoso moral en el trabajo o de acoso laboral.
SPLI-Uplba considera que la disolución del servicio de Policía de Barrio es una irresponsabilidad lamentable del equipo de gobierno, cuando en el año 2023 se han incorporado 16 policías locales de nuevo ingreso, y una mala gestión de la Concejal Delegada del Área de Desarrollo de la Administración y de la Policía Local, Sra. María José Foncubierta, al reunirse de forma clandestina sin consultar y negociar con las organizaciones sindicales, un procedimiento que afecta a modificaciones de las condiciones de trabajo habituales de las personas funcionarias de la Policía Local.