Las trabajadoras del servicio de ayuda a domicilio reclaman 200.000 euros por formación
El sindicato UGT en el servicio de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de San Fernando, mayoritario en el comité de empresa, ha presentado públicamente la segunda de las denuncias que ha realizado ante los graves incumplimientos en la prestación del servicio por parte de la empresa Claros SCA, adjudicataria del mismo.En esta ocasión se trata de “incumplimientos gravísimos en el Plan de Formación al que obliga el Pliego de Condiciones y el propio contrato que se firmó entre la alcaldesa y esta empresa”.
Dicho contrato es este, del que se adjunta el original alojado en la Plataforma de Contratación del Estado: https://contrataciondelestado.es/wps/wcm/connect/63373899-8e52-4962-b52f-eee724707f45/DOC20190423194742CONTRATO+SC+55+2018.pdf?MOD=AJPERES
En el mismo, firmado por la alcaldesa de la ciudad, Patricia Cavada Montañés y un representante de la empresa adjudicataria; la segunda se compromete a cumplir la concesión con estricta sujeción a lo dicho en el mismo, en los pliegos y en el resto de documentos anexos a los mismos. En el caso de la formación existe una obligación en su página 3, apartado 6, a la ejecución de un Plan Anual de Formación de “102 horas de formación por cada persona trabajadora adscrita al servicio”. Para UGT, dicha formación se debería haber hecho o bien en horario laboral o bien fuera del mismo, considerándose, en este segundo caso, por tanto, como tiempo efectivo de trabajo y, con lo cual la empresa tiene la obligación de pagar dichas horas, además de la parte proporcional que corresponda a la seguridad social”.
Desde el sindicato denuncian que “en ningún momento han querido solucionar esta situación, a pesar de las continuas quejas y reclamaciones al respecto cada vez que han tenido una reunión con la empresa. Especialmente en las dos últimas donde se encontraban también representantes del ayuntamiento, concretamente en la del día 6 octubre de este 2021”. Agotada la vía de la reclamación directa a la empresa, se ha pasado una reclamación judicial, puesto que desde que Claros SCA comenzó la prestación del servicio el 16 de marzo de 2019, no ha hecho frente a obligación retributiva en ningún momento. Se ha alegado por parte de la empresa razones de lo más variopintas, ninguna sujeta a lo que dictan la ley y las normas laborales y, desde luego, no compatibles con un derecho (el de recibir un salario por la totalidad del tiempo de trabajo) que es irrenunciable e innegociable por parte de nadie.
Rizando el rizo en este asunto, según la sección sindical, Claros ha pagado la formación de la siguiente manera: Un máximo de 20 horas (cuando se han realizado 102), y de estas 20 horas, se han pagado en función del porcentaje de jornada laboral que tuviera cada trabajadora en su contrato. Es decir: una persona con un contrato de media jornada, solo ha percibido una remuneración de 10 horas de tiempo efectivo de trabajo por la realización de unos cursos que le han supuesto 102 o más horas de tiempo realizar.
Las trabajadoras estiman que la empresa les adeuda en global a todas las trabajadoras más de 200.000 euros de horas de formación realizadas fuera del horario laboral y que deben computar como tiempo efectivo de trabajo. Dinero que la empresa ha ido cobrando del Ayuntamiento durante este período, ya que este de la formación es uno de los gastos que cubre el precio final del contrato. Siendo una “obligación de carácter esencial”, cuyo incumplimiento podría dar lugar a sanciones a la empresa por parte del Ayuntamiento.
Las trabajadoras han solicitado en esta denuncia que se les abone la diferencia entre lo que la empresa les pagó por la realización de estos cursos (20 horas como máximo, en función de la jornada de cada una recogida en sus contratos) hasta las 102 horas (o el total de las que haya realizado cada una) a las que tienen derecho a cobrar como tiempo efectivo de trabajo por haber realizado los cursos fuera de su jornada laboral. Además, tal y como se recoge, tanto en los pliegos de condiciones como en el contrato, los cursos relativos a Seguridad e Higiene en el trabajo y salud laboral, no computarán dentro de esas 102 horas de formación. Por tanto, han exigido también a la empresa que se abone aparte esos cursos sobre COVID, que realizó la plantilla también fuera de su horario laboral.
Si esto ya por sí mismo ya es un desmán: el propio Pliego de condiciones y el contrato, tal y como puede leerse dice textualmente: “El plan anual de formación estará actualizado y garantizará el reciclaje profesional del personal adscrito al mismo”. Es decir, que dicho Plan tendrá que ofrecer cursos diferentes a los ya ofertados en los años precedentes para que se cumpla ese mandato contractual de la “actualización” y el “reciclaje profesional”. El caso es que en los cursos de 2020 se repitieron cursos ya ofertados en el primer año de contrato de Claros SCA con el Ayuntamiento. Y en los de 2021 se ha producido la misma circunstancia. Este hecho tiene dos asuntos que a UGT le parecen de gravedad: En primer lugar, ni en 2020 ni en 2021 se le ha garantizado al personal el reciclaje profesional. De hecho, la mayoría de la plantilla se quedó sin hacer cursos de formación en 2020 ya que, al ser repetidos, no tenía sentido su realización. Se ha menoscabado así el derecho de los trabajadores a una formación continua que le garantiza las leyes laborales y el propio contrato municipal (hay que recordar que el coste de la formación a las trabajadoras forma parte del precio del contrato y es algo que los isleños están pagando sin que se reciba la contraprestación firmada). En segundo lugar: Sorprende el hecho de que si existe la obligación de que “Con carácter previo a la impartición de la formación, se comunicará al responsable del contrato (Ayuntamiento de San Fernando) para su conformidad, un programa detallado con indicación de contenidos…etc…”, tal y como se recoge en el documento que hemos adjuntado más arriba; nadie haya reparado en esta circunstancia y los cursos sean repetidos año tras año con el mismo contenido.
Para UGT es “increíble la falta de control que existe sobre el cumplimiento de un contrato que están pagando todos los isleños. Parece como si no hubiera nadie al volante manejando la situación. Si al Plan Anual de Formación debía darse conformidad por parte del Ayuntamiento, ¿Cómo se da conformidad un Plan que no cumple con los criterios de actualización y reciclaje del personal, obligatorios según el contrato? ¿O es que la empresa ha incumplido la obligatoriedad de presentar dicho Plan ante el Ayuntamiento? Solicitamos públicamente una explicación al respecto del equipo de gobierno, al igual que vamos a solicitarla de manera oficial vía registro de entrada”.
La imposibilidad de realizar cursos actualizados y que permitieran su reciclaje profesional a la plantilla (sobre todo en el 2020), es una de las reivindicaciones de la plantilla, que van a solicitar que esa formación del año 2020 que muchas no pudieron obtener, y a la que tenían derecho; se recupere ahora antes de que finalice el contrato de Claros SCA con el Ayuntamiento (cumple el 16 de marzo de 2022) para no ver perjudicado su derecho a la formación. Además de que es algo incluido en el precio ofertado por el servicio y que la empresa está obligada a dar, y el Ayuntamiento a exigir.
Finalmente, desde UGT, señalan que la empresa podría estar incurriendo en un delito contra la Seguridad Social, en tanto en cuanto, no ha abonado las cotizaciones correspondientes a estos cursos de formación al completo y en los años en los que estos se han realizado. Por tanto, las trabajadoras no han cotizado esas horas a las cuales tenían derecho, causando por tanto, un perjuicio de difícil restitución a la plantilla. Subsanación que también han solicitado en su escrito de denuncia.