La concesión de créditos ICO por parte de los bancos no condiciona contratar otros servicios
El Ayuntamiento de San Fernando recuerda a los bancos que la concesión de créditos ICO no se pueden condicionar a contratar otros servicios.
La alcaldesa se hace eco de algunas quejas trasladadas por pymes y autonomos isleños que han denunciado que les exigen firmar seguros para poder beneficiarse de esta medida, y hace hincapié en que el Gobierno de España ya ha advertido de que va a vigilar que se cumplan las condiciones.
La alcaldesa de San Fernando, Patricia Cavada, se ha hecho eco hoy de las denuncias expresadas por algunos pymes y autónomos de la localidad que han acudido a las entidades bancarias para solicitar un crédito de la línea de financiación abierta por el Gobierno de España para paliar los efectos de la crisis del coronavirus y avalada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), y que se han quejado de que allí se les ha exigido firmar un seguro de vida o algún otro producto financiero para que se les pueda conceder.
Cavada ha resaltado hoy que esta práctica es ilegal, y que como ha dejado claro el mismo Gobierno de España “las entidades no pueden vender seguros ni otros productos financieros asociados a estos créditos, ni condicionar la bajada del tipo de interés a que se contraten o no”. De hecho, en la documentación que se ha remitido a las entidades, el ICO prohíbe explícitamente la venta cruzada de productos asociados.
Así de tajante lo explicó también en su última intervención en el Congreso de los Diputados la vicepresidenta económica del Gobierno, Nadia Calviño. Sin ir más lejos, como ha recalcado hoy la regidora isleña, “el Gobierno de España también ha advertido ya de que tanto el Ejecutivo estatal como el Banco de España están muy vigilantes de que se cumplan las condiciones establecidas en la concesión de los créditos y no se cometan abusos”.
La regidora ha reprochado que se produzcan estas situaciones y que se quiera obligar a los autónomos a suscribir productos con las entidades, sobre todo “cuando el principal objetivo de esta línea de crédito es dar un balón de oxígeno para las pymes y autónomos que se han visto afectados por la paralización de la actividad impuesta para frenar el contagio del Covid-19, y que gracias a esta financiación pueden tener un salvavidas fundamental para seguir con sus negocios”.
No en vano, como ha recordado Cavada estos créditos se pueden pedir para poder continuar con la actividad y pagar cualquier necesidad del negocio, como por ejemplo alquileres, nóminas o abonar facturas a proveedores, e incluso para que puedan atender a sus necesidades financieras y tributarias. En cuanto al importe, en principio se puede solicitar el que se necesite, siempre que la entidad financiera quiera concederlo.
La alcaldesa confía en que las entidades tengan claras ya las condiciones para conceder estos créditos, y al mismo tiempo anima a las pymes y autónomos a solicitarlos, al tiempo que les insta a “volver a hacernos llegar sus denuncias en el caso de que estas condiciones ya explicadas no se estén cumpliendo”.
Cavada también ha puesto de relieve que los intereses que se fijen para estos créditos también deben cumplir estrictamente los requisitos firmados entre la banca y el Instituto de Crédito Oficial.
¿Quién puede pedir los créditos ICO?
Para poder acogerse a esta línea de financiación hay que ser una empresa o autónomo con domicilio en España, haberse visto económicamente afectado por el Covid-19 y no estar en situación de morosidad o insolvencia antes del 17 de marzo de 2020.
Se pueden solicitar hasta el 30 de septiembre de 2020. El plazo de devolución es de hasta cinco años, con posibilidad de un año de carencia. Los intereses dependen de la entidad, pero deberían ser más bajos que los de un préstamo que no cuente con el aval del ICO.
¿Cuánto avala el ICO?
El estado avala un 80% este tipo de créditos para autónomos y empresas, para paliar los efectos económicos de esta crisis sanitaria del coronavirus.
Desde el Gobierno ya han dejado claro que el beneficio del aval del Gobierno se traslada al cliente, en concreto con mejor tipo interés, en términos de un mayor plazo o un mayor importe de la renovación, por eso el interés tiene que ser igual o inferior a los créditos que se estaban ofertando antes de la crisis. Además, en ningún caso se puede refinanciar créditos antiguos ni usar esta nueva liquidez para amortizar créditos preexistentes.