Publicado el: Sáb, 2 Nov, 2024
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La Plataforma de Personas sin Hogar todavía ve lagunas en el protocolo de empadronamiento

La Plataforma por los Derechos de las Personas Sin Hogar y Colectivos Vulnerables pone en valor la modificación del protocolo de empadronamiento de personas sin domicilio y al mismo tiempo sigue denunciado que muchas personas sin hogar quedan excluidas del mismo.

El empadronamiento es un derecho y un deber de todas las personas que viven en una localidad. Es además la puerta de acceso para muchas de las prestaciones sociales y sanitarias.

Muchas de las personas sin hogar en San Fernando, han tenido serias dificultades para empadronarse, a pesar de llevar años viviendo en la ciudad.

Este ha sido el motivo por el que las asociaciones que trabajan con este colectivo, han estado reivindicando con insistencia al Ayuntamiento de San Fernando una respuesta que regulara esta grave situación.

Con fecha 22 de febrero de este año, fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el Decreto de la Alcaldía de San Fernando mediante el cual se aprobaba « Protocolo para el empadronamiento de personas sin domicilio en los Servicios Sociales municipales del Ayuntamiento de San Fernando »

Las Asociaciones Pro Derecho Humanos de Andalucía (Apdha) y Personas sin Hogar con Derechos (Pesho-De) interpusieron Recurso de Reposición, por entender que la regulación contenida en el protocolo aprobado, perjudicaba los derechos de las personas sin hogar.

El pasado 25 de Septiembre, el Ayuntamiento ha procedido a publicar en el BOP de la provincia, rectificaciones para el protocolo de empadronamiento mencionado, conteniendo muchas de las alegaciones interpuestas en el Recurso de Reposición presentado por las mencionadas Asociaciones .

La Plataforma de Personas sin Hogar y Colectivos Vulnerables, se congratula, por las modificaciones realizadas en el Protocolo de empadronamiento de personas sin domicilio. Sin embargo de nuevo denuncian que muchas personas sin hogar que malviven en trasteros, garajes, coches... continúan sin poder empadronarse, ya que en el protocolo aprobado por el Ayuntamiento, se consideran los espacios enumerados como “domicilios”.

Sin embargo, las características especiales de precariedad de los lugares mencionados donde muchas personas sin hogar se refugian avergonzadas y casi a escondida, hacen prácticamente inviable la aplicación del protocolo ordinario que se utiliza para quienes viven en un domicilio normalizado.

De este modo, la vulnerabilidad de los derechos de personas sin hogar queda de nuevo servida. Mientras, y por tiempo indefinido, estos hombres y mujeres continuarán con su invisibilidad por no estar empadronados y sufriendo las consecuencias de no tener acceso a prestaciones sociales y otros servicios a los que como ciudadanas y ciudadanos, tienen .

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