Ayudas a entidades públicas o sin ánimo de lucro para formar y contratar a 1.800 desempleados
Desde ayer sábado 9 de octubre y hasta el próximo domingo 24 de este mes, las entidades públicas y entidades sin ánimo de lucro interesadas en acogerse al programa Empleo y Formación podrán presentar sus solicitudes y acceder a subvenciones para la puesta en marcha de iniciativas de formación en alternancia con la práctica profesional que respondan a las necesidades del mercado en ocupaciones de utilidad pública o de interés general y social. Se trata de un novedoso programa diseñado por la Secretaría General de Ordenación de la Formación de la Junta de Andalucía, y que tiene una dotación de 36 millones de euros hasta el año 2022 con la intención de beneficiar a unas 1.800 personas desempleadas.
La consejera de Empleo, Rocío Blanco, anunciaba hace unos días que este nuevo programa se ha puesto en marcha con el objetivo de mejorar las deficiencias de las antiguas Escuelas Taller y Talleres de Empleo, "y sus bajos niveles de inserción laboral". Ahora esta convocatoria cobra aún más sentido, pues el Ministerio de Trabajo y Economía Social acaba de publicar la normativa de programas comunes en la que se regulan los programas experienciales que alternan empleo y formación y "destierran los conceptos de escuelas taller y talleres de empleo".
La convocatoria de subvenciones está dotada con 36 millones (30 para las entidades públicas y seis para las entidades sin ánimo de lucro) y entre las principales novedades que contempla, según ha explicado Rocío Blanco, es que "el alumnado será contratado desde el inicio de los proyectos, con duración de 12 meses, percibiendo el salario establecido por convenio y nunca por debajo del salario mínimo interprofesional". En las antiguas Escuelas Taller, existía una fase de formación inicial y con posterioridad, una fase en alternancia, momento en el que el alumnado era contratado, no antes.
Convocatoria abierta
La convocatoria de esta iniciativa fue publicada ayer en BOJA extraordinario https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2021/584/index.html donde se fija, entre otros, el plazo de solicitud, que comienza hoy y acaba el próximo 24 de octubre.
Asimismo, recoge todos los detalles de su desarrollo, establecidos en las bases reguladoras publicadas en BOJA el pasado 17 de septiembre y disponible en la dirección https://juntadeandalucia.es/eboja/2021/180/BOJA21-180-00032-14611-01_00198383.pdf.
Las subvenciones para dichas iniciativas que realizarán las entidades se resolverán en régimen de concurrencia competitiva, y que estas iniciativas tendrán un carácter temporal de 12 meses de duración, equivalente a 1.920 horas de formación en alternancia con la práctica profesional.
Los proyectos estarán dirigidos a mejorar las posibilidades de inserción laboral de las personas participantes, y consistirán en una actividad de utilidad pública o de interés general y social que deberá posibilitar al alumnado la realización de una práctica profesional en alternancia con la formación profesional para el empleo, que esté relacionada directamente con dicha práctica. En cualquier caso, el tiempo dedicado a la actividad formativa no podrá ser inferior a un 25% del total de horas de cada contrato para la formación y el aprendizaje.
Estas iniciativas de Formación y Empleo serán diseñadas por las propias entidades solicitantes, teniendo como punto de partida las necesidades formativas del mercado laboral del territorio donde se desarrolle, y las personas destinatarias finales de estos proyectos deberán estar inscritos en el Servicio Público de Empleo en situación laboral de no ocupadas.
Podrán solicitar las subvenciones para acceder al programa tanto entidades públicas de Andalucía, incluidas las entidades y corporaciones locales, como entidades privadas sin ánimo de lucro con sede en la comunidad autónoma.
Plazo de cuatro meses
Las entidades beneficiarias no podrán subcontratar con terceros la actividad formativa, y deberán iniciar los proyectos con la puesta en marcha de todos los contratos para la formación y aprendizaje del alumnado en un plazo máximo de cuatro meses a contar desde la publicación de la concesión de la subvención.
Por último, destacar que la orden establece que el contenido del plan formativo deberá, como mínimo, incluir el contenido necesario para obtener al menos un certificado de profesionalidad, y podrá añadir formación complementaria asociada a las necesidades específicas del proyecto, entre las que se podrá incluir acciones de orientación profesional.
Lugar y forma de presentación de solicitudes
Los formularios para la solicitud estarán disponibles para su presentación a través de la aplicación informática de gestión de la formación profesional para el empleo (en adelante, GEFOC entidades) ubicado en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo: https://bit.ly/OficinaGEFOC.
Las solicitudes irán dirigidas a las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades de la provincia correspondiente.
El trámite mencionado se realizará a través de Gefoc entidades, proporcionando dicha aplicación los correspondientes Anexo I y Anexo I bis cumplimentados tras la firma telemática de los mismos.