El Comercio Local de San Fernando unifica sus horarios de cara a las nuevas restricciones
Acosafe seguirá insistiendo a la Junta de Andalucía la posibilidad de prolongar hasta las 20:00 horas la apertura del pequeño comercio, del Comercio de proximidad.
La asociación isleña en la mañana de hoy lunes ha realizado un estricto sondeo entre los comercios locales de la ciudad preguntando acerca de la apertura y cierre de sus negocios ante las nuevas restricciones horarias de la Junta que afectan al comercio isleño entrarán en vigor desde este martes día 10 hasta el próximo 23 de noviembre.
El horario adoptado estará comprendido en la franja horaria de 09:00 a 14:00 horas por la mañana y de 16:00 a 18:00 horas por la tarde. Ni que decir cabe que todos los establecimientos contarán las medidas estrictas de aforo y control sanitario para hacer más seguras las compras.
Por otro lado recuerdan que la gran mayoría del comercio local dispone de portal web de venta online donde pueden realizar sus pedidos, "o si lo prefieren pueden dirigirse a nuestro portal www.acosafe.es donde encontrarán a todos nuestros asociados".
El Comercio sabe que la prioridad en estos momentos en luchar contra la pandemia, pero seguirá insistiendo a la Junta de Andalucía para que prolongue la apertura del pequeño comercio Comercio de proximidad, hasta las 20:00 horas
"Recomendamos encarecidamente que por favor se sigan llevando a cabo estrictamente las directrices marcadas por la autoridad sanitaria para que esta situación no se prolongue por más tiempo. de igual manera pedimos a la ciudadanía de San Fernando que consuma y apueste por nuestros comercios y hostelería", concluye.
Las medidas coincidirán con las recogidas para el nivel de alerta 3 ó 4 de la Orden de 29 de octubre de 2020, si bien con una limitación horaria de las 18:00 horas en todas las actividades, servicios o establecimientos recogidas en la misma, exceptuados de dicha limitación horaria las siguientes actividades, servicios o establecimientos:
a) La actividad industrial.
b) Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y
bienes de primera necesidad.
c) Los centros, servicios y establecimientos sanitarios.
d) Los servicios profesionales y empleados del hogar.
e) Los servicios sociales y sociosanitarios.
f) Los centros o clínicas veterinarias.
g) Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la
automoción.
h) Las estaciones de inspección técnica de vehículos.
i) Los servicios de entrega a domicilio.
j) Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de
alimentos con carácter solidario o benéfico.
k) Los velatorios.
l) Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre,
siempre que no se trate de deportes de contacto y centros deportivos para la práctica del
deporte federado en espacios deportivos cubiertos en categoría de edad desde los 16
años hasta la categoría absoluta.
m) Puntos de encuentro familiar.
n) Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio