La Consejería flexibiliza los requisitos de las subvenciones a las Federaciones deportivas
La Consejería flexibiliza el cumplimiento de los requisitos de las subvenciones a las Federaciones deportivas andaluzas. El Consejo de Gobierno aprueba medidas necesarias para contribuir a la normalidad de las federaciones por la crisis del COVID-19.
El Consejo de Gobierno ha aprobado una serie de medidas necesarias para contribuir a una rápida vuelta a la normalidad de las federaciones deportivas andaluzas como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19.
En concreto, el documento se refiere a las subvenciones para el Fomento de la Organización y Gestión de las Federaciones Deportivas andaluzas (modalidad FOGF) y para la Tecnificación y Rendimiento Deportivo (modalidad TRD), que convocó la Consejería de Educación y Deporte el pasado mes de marzo y a los procesos electorales que se convoquen o hayan sido convocados en el presente año.
En cuanto a las subvenciones, la Consejería podrá autorizar las modificaciones necesarias en el cumplimiento y acreditación de los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria de ambas subvenciones.
También podrá aplazar o prorrogar los plazos de realización de las actividades de la subvención, cuando resulten total o parcialmente imposibles de ejecutar como consecuencia de la pandemia o de las medidas adoptadas por las
Administraciones Públicas para combatirlo.
Asimismo, si las entidades beneficiarias de la subvención no puedan cumplir con las fechas previstas en el calendario aprobado en su día, la Consejería podrá establecer como fecha para realizar las actividades deportivas de dicho calendario aquélla que se comunique por cada federación con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas a su celebración, por cualquier medio que permita su constancia. Dicho cambio se aprobará a los únicos efectos de considerar como gastos subvencionables aquellos en los que se hubiese incurrido para la celebración de dichas actividades.
Se considerarán como gastos subvencionables, además de los contenidos en las bases reguladoras que son de aplicación, todos aquellos gastos en que hubiese incurrido la entidad beneficiaria referidos al funcionamiento ordinario de la federación y a la organización y celebración de las actividades deportivas previstas en su calendario y que sean consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19 o de las medidas adoptadas por las Administraciones Públicas para combatirlo.
En particular, cuando las actividades subvencionadas conlleven la contratación de personal técnico-deportivo o administrativo y como consecuencia de la pandemia la federación acuda a la figura del expediente de regulación temporal de empleo, no se considerará en este caso que la suspensión temporal de la relación laboral a consecuencia de la presente emergencia sanitaria constituye causa de incumplimiento a efectos de reintegro o pérdida del derecho a la subvención.
También, se considerarán gastos subvencionables los pagos a cuenta que se hayan realizado a establecimientos hoteleros, de restauración, medios de transporte o a cualquier otra entidad prestadora de un servicio, cuando dichos pagos no hayan podido recuperarse con motivo de la cancelación de la actividad deportiva que generó dichos gastos, como consecuencia del COVID19 o de las medidas adoptadas por las Administraciones Públicas para combatirlo. A estos efectos, la federación deberá presentar una declaración responsable firmada por la Presidencia.
En el caso de que la federación se encuentre inmersa en su proceso electoral, la declaración responsable deberá firmase por la persona que ostente la Presidencia de la Comisión Gestora.
La Consejería no procederá el reintegro de las cantidades abonadas cuando el nivel de consecución de los objetivos previstos alcance el 50% y no el porcentaje contemplado en las bases reguladoras, como consecuencia del COVID-19 o de las medidas adoptadas por las Administraciones Públicas para combatirlo.
Respecto a las medidas relativas a los procesos electorales de las federaciones deportivas andaluzas 2020, el decreto establece que cuando las circunstancias del Covid-19 así lo aconsejen, el acto de constitución de la nueva Asamblea General y la consiguiente votación del Presidente de la entidad federativa, podrá llevarse a cabo por vía telemática, garantizando la autenticidad y la conexión plurilateral en tiempo real con imagen y sonido de los asistentes en remoto.
Con la finalidad de facilitar el normal desarrollo de los procesos electorales de las federaciones deportivas andaluzas, excepcionalmente, el Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía se encontrará en funcionamiento durante el próximo mes de agosto, para conocer de todas las cuestiones que puedan plantearse relativas a los referidos procesos electorales.