Publicado el: Sáb, 16 May, 2020
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Aprobado el calendario de apertura en festivos con dos días más para este año y 14 para 2021

Economía pone en marcha la app 'Andalucía Comercio y Artesanía (ACÁ)', que pretende convertirse en el mayor escaparate virtual de las empresas que lo integran.

El Consejo Andaluz de Comercio ha aprobado el calendario de apertura comercial autorizada de domingos y festivos para 2021, así como los dos días adicionales en los que los establecimientos podrán abrir este año, en aplicación del Decreto Ley de Mejora y Simplificación de la Regulación para el Fomento de la Actividad Productiva en Andalucía, que contempla un incremento progresivo de diez a 16 domingos y festivos hasta 2022.

Esa decisión se ha adoptado en el pleno de dicho órgano consultivo, que ha estado presidido por el consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, Rogelio Velasco, y en el que están representadas, además de la Junta de Andalucía, las principales asociaciones empresariales representativas del sector comercial, sindicales y de consumidores, los municipios y provincias de Andalucía y toda la red cameral. Dicho calendario, de aplicación sólo para los comercios con una superficie útil de exposición y venta superior a los 300 metros cuadrados, será ratificado mediante orden del consejero de Economía, que se publicará en BOJA en los próximos días.

La apertura comercial aprobada para 2020 incluía, de acuerdo con la Ley de Comercio Interior de Andalucía de 2012, diez domingos y festivos al año. La entrada en vigor, el pasado mes de abril, del decreto ley de simplificación –que modifica dicha norma- permite incrementar esas jornadas autorizadas hasta 16. Ese aumento de seis días se realizará de forma progresiva para que los comercios puedan adaptarse al cambio de normativa, y se llevará a cabo de la siguiente manera: 12 festivos en 2020, 14 en 2021 y los 16 aprobados en 2022.

De acuerdo con ello, el pleno del Consejo Andaluz de Comercio ha aprobado sumar al cupo de este año el 8 y 13 de diciembre, mientras que para el próximo ejercicio el calendario incluye las siguientes fechas: 3 de enero, 1 de marzo, 1 de abril, 2 de mayo, 4 de julio, 1 y 16 de agosto, 1 y 28 de noviembre, 5, 8, 12, 19 y 26 de diciembre. Los comercios con unas dimensiones inferiores a 300 metros cuadrados mantienen la autorización de apertura para cualquier domingo o festivo.

Velasco ha destacado que esta medida de flexibilidad, que supone una equiparación de la normativa regional a la nacional, "representa un incentivo de la demanda, especialmente importante en estos momentos, tras el cierre de más de dos meses de la mayoría del sector comercial andaluz debido el estado de alarma".

Asimismo, ha remarcado la relevancia de dicha decisión en el actual contexto de globalización de la economía digital y de los nuevos hábitos de consumo. En ese contexto, ha explicado que "los formatos tradicionales de comercio compiten con las grandes plataformas de comercio electrónico sin establecimiento físico, cuyo horario de apertura es 24 horas los 365 días del año, por lo que, gracias a esta modificación de la Ley, su diferencia horaria se reduce y se aumenta su capacidad de competir estimulando, además, la compra en comercios físicos".

En la elección de los domingos y festivos en los que los establecimientos pueden abril se ha tenido en cuenta de forma prioritaria el atractivo comercial de estos días para las personas consumidoras. Para ello, se han seguido los siguientes criterios: la apertura de al menos un día festivo cuando coincidan dos o más continuados o la apertura en los domingos y festivos correspondientes a los períodos tradicionales de rebajas o ventas promocionales. También se ha valora, de acuerdo con la normativa, abrir en los domingos y festivos de mayor afluencia turística en la comunidad o de la campaña de Navidad y de Reyes.

 

 

Los ayuntamientos podrán solicitar permutas

Atendiendo a la reforma realizada por el decreto ley, los ayuntamientos tendrán la oportunidad ahora de solicitar la permuta de hasta dos domingos y festivos de 2021 por otros que a efectos comerciales interesen más a la localidad, frente al único permitido hasta su entrada en vigor. La entidad local deberá presentar antes del 1 de noviembre de 2020 la solicitud, que se resolverá por la Consejería de Economía, previo informe del Consejo Andaluz de Comercio. La decisión tendrá que ser comunicada al ayuntamiento solicitante y publicada también en BOJA antes del 1 de enero de 2021.

Las medidas en materia de comercio incluidas en el Decreto Ley de Mejora y Simplificación de la Regulación para el Fomento de la Actividad Productiva en Andalucía suponen un incremento de la demanda de un 0,9%, lo que se traduciría en un volumen de negocio adicional de 357 millones, la generación de 937 nuevas empresas dedicadas al comercio minorista, la apertura de 1.086 nuevos locales y la creación de 3.000 empleos.

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